Málaga
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Una jueza condena a Emasa a pagar por haber planificado mal una obra de saneamiento fecal
Los técnicos presupuestaron inicialmente a los vecinos 5.104 euros, pero luego lo modificó reclamando 36.707 por dificultades
La empresa municipal de aguas abandonó los trabajos iniciados en 2021
La Empresa Municipal de Aguas de Málaga S. A. (Emasa), presidida por el alcalde Francisco de la Torre y cuyo consejero delegado es el concejal Francisco Cantos, ha sido condenada por la magistrada de Primera Instancia número 1 de la capital a asumir todos los gastos de las obras que habían sido contratadas con la Mancomunidad de Propietarios de la Urbanización Los Naranjos, situada en el barrio de Ciudad Jardín, para la conexión del saneamiento de aguas fecales a la Red General Municipal, unos trabajos que Emasa abandonó después de que se encontrara con dificultades constructivas durante la excavación.
Hace cuatro años, los vecinos de la comunidad de propietarios de la avenida de las Postas 22 se pusieron en contacto con los técnicos de Emasa para encargar los trabajos de conexión, cuyo presupuesto elaborado, el 29 de octubre de 2019, fijó en 5.104 euros el coste. Los técnicos y operarios realizaron una visita a la zona, y los residentes aceptaron el mismo efectuando luego el pago por transferencia a la cuenta de Emasa.
Sin embargo, según se recoge en la sentencia del Juzgado de Primera Instancia, al poco tiempo de comenzar la excavación de la zanja en la calle, los trabajos "quedaron paralizados de forma repentina y sin justificación" hasta que la empresa pública remitió a la comunidad un segundo presupuesto, cuya única diferencia en los trabajos con respecto al primero era que estaba bautizado como "Ampliación de presupuesto".
Por el contrario, el importe en este último se establecía en 36.760 euros a pagar por los vecinos, es decir, siete veces más que lo fijado inicialmente.
DEMANDA JUDICIAL CONTRA EMASA
Al oponerse al pago, los operarios cerraron la zanja y Emasa se quedó con los más de 5.000 euros ya transferidos, pero sin completar el trabajo de saneamiento para el cual fue contratada. La Mancomunidad de Propietarios demandó a la mercantil pública por este abandono, y ésta contestó en el juzgado que "no pudieron ejecutarse por circunstancias no informadas por la comunidad de propietarios que incrementaban su coste".
Este desistimiento del encargo fue comunicado por la empresa mediante carta a los vecinos el 5 de febrero de 2021. Según se recoge en la resolución judicial, Emasa argumentó que la profundidad de la conducción era de más de 4 metros, mientras que la informada por la comunidad había sido de 2,5 metros.
Además dijo que existía una elevada humedad del terreno originada por las filtraciones de agua procedentes de un piso bajo del portal. La empresa municipal informó al juzgado que solamente el inicio de la obra y el cierre de la zanja tuvo un coste de 9.446 euros, más el IVA, un importe superior a los 5.104 euros satisfechos por los vecinos.
Emasa subcontrató los trabajos y un operario de la empresa se encargó de hacer las mediciones. "El profesional, en este caso, era Emasa, no las comunidades de propietarios demandantes, que se limitaron a contratar los servicios de Emasa para un servicio privado de los propios comuneros (...), que aceptaron el presupuesto que consistía en la realización de una nueva injerencia de saneamiento de fecales hasta su conexión con la Red General de Saneamiento Municipal", sostiene el fallo.
Para la magistrada de Instancia 1 "era, por tanto, la Empresa Municipal de Aguas la que tomó las mediciones oportunas para realizar el trabajo contratado y la que valoró el mismo según tales mediciones, asumiendo además en el importe presupuestado 'gastos imprevistos".
Por ello, sostiene la jueza, que "no resulta justificado" que se niegue por parte de la empresa municipal la realización de los trabajos contratados si al iniciar éstos no se percató de que la ejecución de los mismos le iba a suponer un coste superior al presupuestado.
"Las mediciones fueron tomadas por la propia Emasa y se incluían en el precio los gastos imprevistos", concluye la magistrada, que "no encuentra justificación" en la apertura y cierre de la zanja, y condena a la empresa pública a realizar los trabajos de saneamiento de fecales imponiéndole además las costas procesales por este pleito.
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