Barbate

El Obispado muestra varios convenios de cesión de los cementerios parroquiales en Cádiz

Al mismo tiempo insiste en justificar la subida de los precios mediante el envío de documentos en los que se compara con otras subidas de servicios y productos

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  • Convenio planteado con la ELA de Zahara de los Atunes

Tras la publicación de varios reportajes relativos a la situación y gestión de los distintos cementerios parroquiales existentes en la provincia de Cádiz, desde la Diócesis de Cádiz, a través de María del Carmen Lobato Herrero, ecónoma diocesana en el Obispado de Cádiz, se ha remitido a este medio una serie de documentos relativos a la actuación de dicha entidad religiosa en los citados camposantos. Unos documentos enviados sin más explicaciones y sin adjuntar textos sobre los mismos, pero que aún así expondremos porque entendemos que a través de los mismos se quiere poner de manifiesto la versión del Obispado gaditano.

El primero que se nos remite es el relativo al convenio de cesión del cementerio parroquial de Facinas a la citada entidad local autónoma dependiente del Ayuntamiento de Tarifa. En dicho convenio intervinieron Cristóbal Iglesias Campos, como presidente de la ELA de Facinas; Carmen Lobato, ecónoma de la Diócesis; Antonio José Aguilar Verdugo en calidad de administrador de la Parroquia de la Divina Pastora; así como Antonio Aragón Román como secretario general del Ayuntamiento de Tarifa.

En el convenio se expone que Facinas tiene, entre sus competencias como entidad local autónoma, la de los servicios funerarios, mientras que la Iglesia Católica tiene derecho a tener un cementerio propio y “en este marco, la Diócesis de Cádiz y Ceuta es propietaria desde tiempo inmemorial de la finca donde se ubica el antiguo cementerio parroquial de Facinas, que es titular de su gestión, y los terrenos anejos para su servicio, en el término municipal de Tarifa, en un extremo del núcleo de población”.


Por otro lado, exponen que la ELA está “interesada en la gestión del cementerio, así como en continuar la búsqueda de enterramientos y fosas comunes relaciones con la Guerra Civil”, por lo que “pretende la adquisición de la parcela del citado cementerio”, y para ello acuerdan suscribir un convenio en el que la Diócesis y la Parroquia de la Divina Pastora, ceden “a título gratuito, del pleno derecho domino de todos los derechos que pudieran corresponderle sobre la finca en la que se encuentra el cementerio parroquial, junto con sus bienes, instalaciones y documentos de gestión”, con lo que a partir de la firma la ELA “podrá disponer de la finca y del antiguo cementerio parroquial como titular del mismo” comprometiéndose “como carga o modo, y cuyo incumplimiento pueda dar lugar a la revocación de la donación por la simple voluntad del donante, a destinar dicha finca a cementerio y a no destinarse a fines contrarios a la fe católica… Igualmente, el administrador parroquial o quien en el futuro represente los derechos de la iglesia católica, han de tener plena libertad para entrar en dicho cementerio a fin de realizar allí los oficios funerarios religiosos de los fieles católicos”.

A partir de esa firma, “la ELA será la única responsable del cementerio, sus instalaciones, estando obligada a respetar los derechos adquiridos por los titulares de los enterramientos existentes”.

Para verificar el cumplimiento del convenio se crea una comisión de seguimiento integrada por dos representantes de cada una de las partes.

La siguiente documentación que nos trasladan desde la Diócesis hace referencia al convenio para la cesión, gestión y administración municipal del cementerio de San Sebastián en Paterna de Rivera suscrito entre la Parroquia de Nuestra Señora de la Inhiesta y el Ayuntamiento de dicha localidad jandeña, con fecha del 3 de septiembre de 2015, y en el que intervinieron el por entonces alcalde, Alfonso Caravaca y el representante parroquial, Eugenio Díaz Melero.

Ambas partes manifiestan que las parroquias tienen derecho a contar con cementerio propio, siendo cementerios parroquiales “aquellos cuya propiedad y administración corresponden a la parroquia, gestionando dicho cementerio por sus propios medios”.

En este caso, “es un cementerio que se encuentra activo y que necesita con carácter urgente una ampliación”.

Por otro lado, manifiestan que por ley los municipios tienen competencia en materia de cementerios y servicios funerarios… competencia que es una obligación”. El hecho es que Paterna “carece de cementerio municipal, por lo que todos enterramientos se realizan en el cementerio parroquial… razón por la que el Ayuntamiento está interesado en obtener la cesión de su uso, gestión y administración… para su mejora y posterior ampliación”, compatible con la tramitación de un nuevo cementerio en un PGOU futuro.

Ante esta situación, ambas partes acuerdan “una cesión de la gestión y administración… sin que en ningún caso se transmita la propiedad de la finca, que seguirá perteneciendo a la Parroquia”. Una cesión de uso que se “realizará por un periodo de treinta años”, ampliables a cinco más a la extinción de la misma si ninguna parte denuncia el citado convenio con un mes de antelación.

El canon “de la cesión se estipula en la cantidad de cinco mil euros anuales pagaderos en un único pago dentro del primer trimestre de cada año mediante transferencia bancaria a la cuenta corriente de la parroquia”. El Ayuntamiento se hará cargo del IVA o del impuesto que proceda. Esa cantidad se “actualizará en la fecha en que se cumpla cada año de vigencia del presente convenio, incrementándose en la misma proporción que el índice general de los precios de consumo” pero si ese índice fuese negativo “no se minorará el precio”.

El Ayuntamiento, además, no podrá transmitir los derechos y obligaciones, reservándose la parroquia el pleno dominio y la propiedad de la finca. Desde la entrada en vigor del convenio “será el Ayuntamiento el único responsable de la ordenación y puesta al día de toda la documentación e instalaciones… estará obligado a respetar los contratos vigentes… ninguna concesión de enterramiento supone enajenación de terreno, panteón o nichos por parte de la Parroquia, ni adquisición de propiedad por parte del Ayuntamiento… sino el mero derecho de uso”.

El Consistorio también será el responsable de la conservación y el mantenimiento, del pago de los gastos ordinarios o extraordinarios, estando obligado a suscribir una póliza de seguro, así como a subrogar al empleado del cementerio. También se hará cargo del pago de servicios y suministros como la luz, el agua, el saneamiento. Por otro lado, se faculta al Ayuntamiento a percibir el importe de los usos de las sepulturas. El cementerio, eso sí, seguirá manteniendo su carácter sagrado de la parte católica del mismo.

En cuanto a la ampliación, los gastos serán a cuenta del Ayuntamiento, siendo responsable de los daños y perjuicios que puedan ocasionar las obras. Las mejoras que se realizasen, así como su mobiliario, instalaciones y servicios quedarán a beneficio de la propiedad cuando concluya el convenio.

Seguimos con la documentación reenviada desde la Diócesis a través de su ecónoma Carmen Lobato. Un justificante de presentación para que se inicie el expediente de la firma de un convenio que regule la cesión, uso y administración del cementerio parroquial de Zahara de los Atunes en el que dejan claro que “la Diócesis es propietaria de la finca que alberga el cementerio, que viene siendo administrado por su titular la Parroquia de la Virgen del Carmen”, al tiempo que remiten un borrador de convenio para la cesión temporal del mismo a la Entidad Local Autónoma.

Al respecto,  Carmen Lobato en nombre de la Diócesis de Cádiz, “propietaria de la finca”, señala que están conformes en continuar la negociación iniciada en reunión mantenida en sede episcopal, y acompaña un segundo borrador de convenio fechado el 27 de diciembre de 2023 para la cesión temporal, gestión, administración, y si fuera posible, su ampliación por parte de la ELA de Zahara.

Convenio planteado con la ELA de Zahara de los Atunes

El convenio, que finalmente Agustín Conejo, presidente de la ELA, no firmó, es similar en parte a los anteriores mencionados de Facinas y Paterna, aunque sus propias particularidades. En él se indica que dicho cementerio “se encuentra activo. En el cementerio constan ocupados, aproximadamente 603 nichos, incluyendo panteones y nichos pequeños, existiendo un total de 30 nichos disponibles”, al tiempo que recuerda que “la ELA de Zahara carece de cementerio municipal, por lo que todos sus enterramientos vienen realizándose desde tiempo inmemorial en el cementerio parroquial del que es titular la parroquia, razón por la que la entidad local autónoma está interesada en obtener la cesión del uso, gestión y administración del Cementerio Parroquial para su mejora, y si fuera posible, su ampliación”.

El convenio de cesión de uso y gestión, quedándose la finca en propiedad de la Diócesis, señala que “se realizará por un periodo de 30 años. Si una vez transcurrido dicho plazo, ninguna de las partes hubiese denunciado el presente convenio con una antelación mínima de seis meses y por tanto no hubiese instado la resolución, se prorrogará el mismo por periodos de cinco años hasta que se produzca la extinción del mismo”.

Por otro lado, “el canon de la cesión se estipula en la cantidad de mil quinientos euros (1.500 euros) anuales pagaderos en un único pago anual dentro del primer trimestre de cada año, mediante transferencia bancaria…  La ELA de Zahara de los Atunes estará obligada a pagar, en el caso de que pudiera proceder, el impuesto sobre el Valor Añadido (I.V.A.), o impuesto que le sustituya, sobre el precio convenido, o el que en cada momento resulte de la revisión que proceda, cuyo importe se pagará conjuntamente pero diferenciando ambos conceptos. En caso de que se produzca un retraso en el abono de dicho precio, el mismo se verá incrementado con un interés de demora del 10 por ciento anual, computado por cada día de retraso.  Dicho precio se actualizará en la fecha en que se cumpla cada año de vigencia del presente convenio, incrementándose en la misma proporción que el índice general de precios al consumo (conjunto nacional). Si el referido índice, o el que le sustituya fuere negativo, no se minorará el precio. De esta forma, cada año de vigencia de este contrato se revisará la renta por el citado IPC siempre que fuera positivo”.

Ninguna concesión de enterramiento supone “enajenación de terreno, panteón o nichos por parte de la propiedad, ni adquisición de propiedad por parte de la Entidad Local Autónoma de Zahara de los Atunes”. La Entidad Local Autónoma estará obligada “a suscribir póliza de seguro en el que queden cubiertos los daños que se pudieran ocasionar, tanto al propio cementerio, sus instalaciones, o a terceros, que en cualquier caso serán responsabilidad del mismo Ayuntamiento”.

La  ELA quedará “obligada a subrogar al empleado actual del cementerio, al que se le mantendrán sus condiciones laborales”

Con la firma del presente Convenio, “se faculta a la ELA a percibir el importe de los usos de las sepulturas de este cementerio”.

En el cementerio se habilitarán espacios suficientes para quienes no dispongan de sepultura propia y para personas en estado de necesidad.

Aun cuando el cementerio pase a ser titularidad del Ayuntamiento y lo gestione directamente, continuará “el carácter sagrado; y de ampliarse, conservará el carácter de lugar sagrado la parte objeto del presente convenio”. En el caso de que la Entidad Local Autónoma de Zahara de los Atunes pretendiera la ampliación del cementerio, deberá contar la expresa autorización de la Parroquia y de la Diócesis de Cádiz y Ceuta..

Todos los gastos de la ampliación que en su caso se produzca será de cuenta de la Entidad Local Autónoma de Zahara de los Atunes, que igualmente “será responsable de los daños y perjuicios que se pudieran ocasionar a cuenta de la misma. Las mejoras que se realicen en el cementerio, así como su mobiliario, instalaciones y servicios, quedarán a beneficio de la propiedad cuando concluya el presente convenio, en el caso de que finalizado el convenio continuase en activo”.

Todos los servicios y suministros con que cuente el cementerio (agua, saneamiento, etc.) serán por cuenta exclusiva de la Entidad Local Autónoma de Zahara de los Atunes, “debiendo tramitar con las respectivas compañías el cambio de titular de los correspondientes servicios, como titular de la cesión de la gestión del cementerio, lo que se realizará igualmente a su costa”.

También serán a cargo de la Entidad Local Autónoma de Zahara de los Atunes “los gastos de conservación y mantenimiento y los que ocasionen las reparaciones, sustituciones o modificaciones que fueren precisas introducir para los citados suministros” y el cesionario “se obliga al abono total de la cuota del Impuesto de Bienes Inmuebles, que pudiese corresponder al cementerio”.

Agustín Conejo, presidente de la ELA, nos confirma que sí ha habido una reunión con el convenio sobre la mesa pero que no se ha firmado nada porque considera que lo que piden desde la Diócesis es inasumible desde el punto de vista económico.

También se nos ha remitido los distintos comunicados emitidos por la Parroquia San Paulino, la mayoría de ellos ya publicados en este medio y en los que se insiste en que es la titular de la gestión del cementerio de Barbate, aunque “va a contar con el apoyo de los técnicos del Obispado para que les asesoren en distintos asuntos de interés” y “va a contar con más medios personales y técnicos para prestar un mejor servicio” en el camposanto.

De hehco insiste en que no ha existido ninguna cesión “de la gestión a ninguna entidad distinta de la Parroquia”, con lo que “no es cierto que el Obispado esté gestionando el cementerio”. Además, señalan en esos comunicados, la intención de conseguir una solución conveniada con el Ayuntamiento, al que han propuesto la cesión de la propiedad de la finca, a pesar de que “llevamos soportando distintos comunicados, principalmente por el perfil oficial del Facebook del Ayuntamiento, en donde lejos de buscar una solución, se alimentan planteamientos erróneos” y es que “algunos miembros del gobierno municipal… parecen pretender alimentar la confrontación”.

En cuando a la subida de precios,  indican que “la necesaria revisión de precios de los derechos funerarios en la que se quiere hace descansar el descontento de la ciudadanía, no  persigue un lucro para el titular de la administración del Cementerio, sino que responde a una necesidad de lograr el necesario equilibrio entre los costes de los recursos humanos y materiales que en los valores  actualidad demandan dicha la actividad, y los ingresos provenientes de la misma, todo ello en el marco de una actividad que se encuentra reglada y con tarifas uniformes para todas la  parroquias de la Diócesis de Cádiz y Ceuta, en aras de evitar que dentro de dicha circunscripción de la Iglesia Católica se puedan dar lugar a situación desigualdad entre sus fieles a la hora de la práctica de su enterramientos”.

Comparativa precios.

En cuanto “al carácter abusivo o injusto de los nuevos precios, hay que señalar que en más de una década, únicamente se han producido tres subidas de precios para todos los cementerios parroquiales de la Diócesis de Cádiz y Ceuta, siendo las aprobadas en enero de 2013, enero de  2015 y la última en enero de 2023; aplicándose a partir del mes de junio en Barbate. En este  sentido, no hay que olvidar que desde el año 2013 hasta la fecha, se han incrementado  considerablemente los gastos de personal (el SMI en el año 2013 estaba fijado en 645,30 euros/mes), materiales, electricidad etc., sin que se haya realizado una subida equivalente a ese mayor gasto”.

En este sentido, y con el objetivo de justificar esas subidas, desde la Diócesis nos envían distintas tablas con las tarifas del cementerio en los diferentes años, así como una comparativa porcentual de la subida de precios en otros productos y servicios como la luz, la gasolina o la alimentación, así como el incremento del Salario Mínimo Interprofesional.

A modo de ejemplo, el precio por inhumar y tabicar cadáveres se ha incrementado un 11,80 por ciento desde 2015 a 2023, el canon de conservación de nicho en un 40 por ciento, la colocación de lápidas en un 9,89 por ciento en ese mismo periodo. Por otro lado, el precio de la gasolina se ha incrementado en un 50 por ciento, el de la luz en un 107,14 por ciento y el de la alimentación alrededor de un 40 por ciento, así como un 66,47 por ciento el Salario Mínimo Interprofesional, en el mismo periodo de 2015 a 2023, siempre según las tablas que nos envían desde la Diócesis de Cádiz.

Este es el resumen de los documentos que se nos ha remitido desde el Obispado, suponemos que a modo de réplica sobre las dudas que despierta la gestión que se viene realizando alrededor de los cementerios parroquiales. No nos han dado ninguna explicación más, ni siquiera el propio motivo de ese envío que por supuesto publicamos porque aquí caben todas las versiones. Eso sí, no hay respuesta al motivo que les ha llevado a tratar de despojarse de los camposantos parroquiales, ya sea con su cesión de uso, ya sea con la venta de los mismos o al menos la intención de venta, gestiones que en muchos casos se han llevado a cabo, al parecer, a través de la Fundación Santa Marta, al frente de la cual está Antonio Diufaín, quien fuera ecónomo de la Diócesis .

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