Alcalá la Real

Se amplía el plazo de subvenciones municipales a pymes y autónomos

El pago de la hipoteca, el del alquiler en metálico y el gasto de gestoría se incluyen en esta convocatoria

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Para atenuar el impacto económico del Covid-19 en nuestro municipio, el Ayuntamiento de Alcalá la Real pone al servicio de los alcalaínos el “Plan REAL”, que recoge varias líneas de ayudas. La Junta de Gobierno Local ha aprobado la modificación las bases dirigidas a pymes y autónomos para ampliar la convocatoria y los objetos subvencionables.

Así, y según publica el BOP de este viernes 10 de julio, se incluirán también como gastos subvencionables el pago de la hipoteca del local, el alquiler abonado en metálico y los gastos de gestoría. La convocatoria de ayudas amplía asimismo el plazo de solicitudes, disponiendo las personas interesadas de 15 días hábiles para ello, a contar desde el próximo lunes 13 de julio. La primera línea de ayudas convocada ha recibido cerca de 200 solicitudes.

Requisitos:


1. Tener su domicilio fiscal y su actividad en el municipio de Alcalá la Real y la consideración de microempresa o micropyme cumpliendo, por tanto, los efectivos y límites financieros siguientes: que ocupe un efectivo de personal de menos de 10 personas, y cuya facturación o activo no exceda de dos millones de euros. (Recomendación de la Comisión Europea 2003/361/CE, de 6 de mayo, sobre la definición de microempresas, pequeñas y medianas empresas; DOUE de 20 de mayo de 2003).

2. Que estén dadas de alta en una actividad empresarial o profesional dentro del municipio de Alcalá la Real con anterioridad a la fecha de la declaración del estado de alarma, operada por R.D.463/2020, de 14 de marzo

3. Las empresas deberán contar con la oportuna Licencia de Apertura de Establecimientos, Declaración Responsable o tenerla solicitada antes del 14 de marzo de 2020, y en su caso, Licencia de Auto-Taxi.

Sólo podrá presentarse una solicitud de ayuda por persona física o jurídica, y para un único establecimiento. Los gastos subvencionables comprenderán todos aquellos soportados en el periodo comprendido entre el 14 de marzo y el 11 de mayo de 2020, como seguros vinculados a la actividad empresarial; adquisición de material fungible destinados a los Equipo de Protección Individual o la adopción de medidas higiénico sanitarias tendentes a combatir la propagación o el contagio por el COVID-19; combustible y gastos de mantenimiento de vehículos; gastos en suministros de energía eléctrica, agua, basura y comunicaciones; arrendamiento del local comercial; gastos en concepto de honorarios de profesionales; pago de la hipoteca del local comercial (se permite la justificación de pagos en metálico).

Se subvencionará el 100% del total de los gastos subvencionables justificados y debidamente pagados, incluidos los impuestos indirectos, hasta un importe máximo individualizado por persona o entidad beneficiaria de 700€. Estas ayudas, al igual que el resto de las recogidas en el Plan REAL, podrán tramitarse de forma telemática accediendo a la sede electrónica: https://pst.alcalalareal.es/. Más información en el teléfono 953-58 22 17 o el correo planreal@alcalalareal.es.

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