Almería

Cuatro años de cárcel por patronear una patera que arribó a Playa Indalo

Ambos acusados, de 39 y 26 años, reconocieron los hechos en el acto de juicio oral ante el tribunal de la Sección Segunda

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  • Audiencia de Almería. -

La Audiencia Provincial de Almería ha condenado a penas de cuatro años de prisión a dos ciudadanos argelinos por patronear una patera con ocho personas a bordo que tocó tierra en una playa del litoral urbano de Mojácar.

Ambos acusados, de 39 y 26 años, reconocieron los hechos en el acto de juicio oral ante el tribunal de la Sección Segunda y mostraron conformidad con la condena interesada por el fiscal como autores de sendos delitos contra los derechos de los ciudadanos extranjeros.

Según recoge la sentencia, consultada por Europa Press, los condenados, movidos por un ánimo de ilícito beneficio, concertaron el transporte clandestino de varias personas a cambio de una contraprestación dineraria, con el objeto de entrar en territorio español de forma irregular.

Tras salir de algún punto en la costa argelina el 8 de octubre de 2020, sobre las 19,00 horas fueron localizados por la Guardia Civil desembarcando en la Playa del 'Hotel Indalo', en Mojácar.

Indica el fallo que pilotaban una lancha de 5,8 metros de eslora por 1,75 metros de manga, propulsada por un motor fuera borda de 30CV de potencia sin ningún número de identificación, ni matrícula.

El tribunal remarca que la embarcación, que llevaba un total de diez ocupantes incluidos los acusados, superaba su capacidad y no reunía las condiciones requeridas para dicho transporte, ni por las características técnicas de la misma, ni por el número de ocupantes.

"No estaba capacitada para realizar un trayecto de estas características por el canal del Mediterráneo, con altísima densidad de tráfico marítimo, ni para soportar viento, oleaje u otras circunstancias adversas que pudieran producirse", señala.

Alude que no estaba dotada de chalecos salvavidas, aros salvavidas, bengalas, balizas de señalamiento, radar, gps, luces, botiquín, extintores portátiles o baldes contra incendias, bombas de achique, "ni otras medidas de navegación y seguridad imprescindibles para salvaguardar la integridad y vida de los que iban a bordo", al tiempo que subraya que ninguno de los condenados "acreditó poseer titulación ni autorización para el pilotaje".

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