Almería

Absuelven al condenado por difundir un vídeo de un centro de menores

Por distribuir un vídeo en el que aparecían dos jóvenes atados a una cama en el centro 'Tierras de Oria', en Oria

Publicidad Ai Publicidad Ai
Publicidad Ai
  • Juzgados. -

La Audiencia Provincial de Almería ha absuelto a Alfonso Galiana, presidente de la plataforma centrosdemenores.es, condenado por el Juzgado de lo Penal número 2 de Almería a dos años y medio de prisión por distribuir un vídeo en el que aparecían dos jóvenes atados a una cama en el centro 'Tierras de Oria', en Oria.

La sentencia de la Audiencia, a la que ha tenido acceso Efe, estima el recurso de apelación contra el fallo del juzgado de instancia y revoca la condena original por un delito de revelación de secretos, por el que también se le había impuesto una multa de 22 meses, a razón de 11 euros al día, si bien había sido absuelto de un segundo delito de revelación de secretos por el perdón de uno de los menores que aparecían en la grabación.

El fallo señala que el pasado 27 de enero uno de los menores que aparecían en el vídeo presentó un escrito en el que concedía su "absoluto perdón" a Galiana por estos hechos, un perdón que fue ratificado "personalmente" ante la Audiencia.

Dicho menor es el hoy adulto José Arcadio D.N., alias el Melillero, al que se le atribuyen la presunta comisión de dos delitos de homicidio en grado de tentativa al rociar con ácido a su expareja y a otra mujer que la acompañaba cuando se encontraban en el interior de un vehículo en Cártama (Málaga).

Los hechos por los que Galiana fue juzgado comienzan el 7 de julio del 2011, cuando tras un incidente en el que se vio implicado un menor del centro y mientras estaba siendo sometido a un mecanismo de contención mediante sujeción mecánica e inmovilización, J. V. O. M., un trabajador que había sido el encargado de su vigilancia, procedió a grabar esta situación sin el consentimiento del joven.

Todo ello, según el fallo original, con el "ánimo de atentar contra su intimidad y su derecho a la propia imagen".

Posteriormente, en un momento indeterminado previo al 7 de febrero de 2015, Galiana "divulgó a diversos medios de comunicación" esta grabación a pesar de que sabía que el menor que aparecía en la misma "resultaba reconocible y con conocimiento de que no había prestado consentimiento para su grabación".

La sentencia señala la mayor difusión que tuvo la filmación cuando se hizo eco de ella un periódico digital de ámbito nacional, recalcando que dicho menor -no así el otro, que perdonó a los acusados relacionados con su parte- se siente perjudicado por este motivo.

Asimismo, recordaba que el otro joven que aparecía en el vídeo ha prestado su "perdón expreso" a los que habían sido acusados de haberle filmado sin su consentimiento, mientras estaba siendo sometido al mecanismo de contención, el día 19 de abril del 2014.

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN