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Andalucía

El Constitucional avala el decreto andaluz que regula la actividad de los VTC

Esta decisión ha sido adoptada por unanimidad por el pleno del TC en una sentencia en la que ha sido ponente el presidente, Cándido Conde-Pumpido

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  • Tribunal Constitucional. -

El Tribunal Constitucional ha desestimado el recurso promovido por más de medio centenar de diputados de izquierda, en apoyo al sector del taxi, contra el decreto de la Junta de Andalucía que regula la actividad de los vehículos de transporte con conductor (VTC) para que puedan seguir operando en las ciudades.

Esta decisión ha sido adoptada por unanimidad por el pleno del TC en una sentencia en la que ha sido ponente el presidente, Cándido Conde-Pumpido, según ha informado este jueves la corte española de garantías en un comunicado.

Entre otros argumentos, el TC desestima que se hayan vulnerado las competencias estatales en materia de transportes terrestres, al entender que la norma se ha dictado al amparo de la competencia autonómica para regular los servicios urbanos de la modalidad de transporte de arrendamiento de vehículo con conductor.

El recurso de inconstitucionalidad fue promovido por más de cincuenta diputados contra el Decreto-ley 8/2022 por el que se modifica la ley de 2003 de Transportes Urbanos y Metropolitanos de Viajeros en Andalucía.

Decisión del Constitucional

El recurso imputaba a la norma el incumplimiento de la potestad legislativa de urgencia, la vulneración de la autonomía local, de las competencias estatales y del principio de igualdad.

El Constitucional recuerda que ya desestimó en su integridad el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por los mismos recurrentes contra la Ley de la Asamblea de Madrid de 2022 sobre esta misma materia.

 La sentencia "inadmite" las quejas de vulneración del principio de igualdad e invasión de competencias estatales porque la demanda "no ha satisfecho la carga de desarrollar argumentalmente tales vulneraciones".

El tribunal desestima que se haya incumplido el presupuesto habilitante para hacer uso de la facultad de legislación de urgencia, al ver "suficientes y adecuados" los argumentos esgrimidos en la exposición de motivos de la norma y en el debate parlamentario de convalidación.

Se consideró necesario y urgente, en interés de los titulares de autorizaciones VTC de ámbito nacional y de los consumidores, solventar el vacío legal que existía en la ordenación de su prestación en el ámbito urbano, explica el TC.

El pleno desestima también la vulneración de la autonomía local y declara que la competencia autonómica para la regulación de los arrendamientos de vehículos con conductor que presten sus servicios en el ámbito urbano y lo desarrollen íntegramente en su territorio está "reconocida" en el Estatuto de Autonomía.

El Constitucional desecha igualmente que se haya vulnerado la autonomía local por falta de participación local en la aprobación del propio Decreto-ley 8/2020, y desestima que se hayan vulnerado las competencias estatales en materia de transportes terrestres.

Decreto avalado

El decreto permite el mantenimiento como hasta ahora de las autorizaciones que concede el Estado para los VTC: las nuevas licencias solo se concederán cuando sean de un VTC por cada 30 taxis, cuando ahora la ratio en Andalucía es 2,7.

La normativa fija zonas de protección para que los VTC no puedan aparcar ni circular sin servicio precontratado a 300 metros de aeropuertos, puertos o estaciones de trenes y autobuses, así como a 150 metros de hospitales, grandes centros comerciales y de ocio, paradas de taxis, hoteles de al menos 4 estrellas, sedes judiciales o lugares donde se celebre un evento deportivo, cultural o social.

Entre sus medidas, el decreto también prohíbe la geolocalización previa a la contratación y el usuario solo podrá saber dónde está el VTC cuando lo contrate

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