El Tribunal Supremo obliga a subrogar a los empleados de los pueblos que se salgan de Giahsa

Publicado: 21/11/2012
El Alto Tribunal desestima el recurso presentado por Fomento de Construcciones y Contratas en relación a un trabajador del servicio de recogida de residuos de Lepe
El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso presentado por Fomento de Construcciones y Contratas (FCC) contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que ratificaba la obligatoriedad de subrogar a uno de los trabajadores del servicio de recogida de residuos en Lepe.

Según la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, la sentencia recurrida “confirma la anterior al entender cumplidos todos los requisitos para la subrogación”. Al mismo tiempo recuerda que el trabajador fue cesado el 31 de mayo de 2010, “negándose” la nueva adjudicataria del servicio de recogida de residuos en Lepe “a hacerse cargo del empleado, al entender que no se daban los requisitos convencionales al no llevar éste adscrito al centro de Lepe el periodo mínimo de cuatro meses”. No obstante, “la sentencia de instancia procede al amparo del mismo al cumplirse todos los requisitos” y por tanto “la sentencia recurrida confirma la anterior”.

Además, la sentencia remarca también “la falta de contradicción entre la sentencia recurrida con la sentencia que se selecciona como término de comparación”, en la que se condenaba a Giahsa, y destaca que tampoco se puede realizar la petición de unificar doctrinas realizada por FCC. Por todo ello, desestima el recurso y declara firme la condena recurrida por FCC, le impone a ésta el pago de las costas, con pérdida del depósito consignado para recurrir.

Desde Giahsa han apuntado que “más allá del caso individual, la resolución del Supremo, que es firme, viene a echar por tierra las pretensiones de los ayuntamientos que buscan separarse del servicio de Giahsa sin cumplir las obligaciones legales que ello implica, entre ellas hacerse cargo de los trabajadores que les correspondan”.

A su juicio, especialmente “importante” resulta el hecho de que, en su sentencia, el Supremo rechaza la petición de unificar doctrina realizada por FCC, “un argumento que viene empleándose jurídicamente por parte de las empresas concesionarias de los servicios de agua y recogida de residuos, intentando que una sentencia en la que el Supremo condenaba a Giahsa se hiciese extensiva al resto de los casos, en total más de cien”. También señalan que “la inmensa mayoría” de las sentencias sobre subrogación de trabajadores en Bollullos, Lepe, Moguer o Valverde han resultado favorables a Giahsa y a la MAS y condenan a Aqualia y FCC.

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