El TS considera estafa agravada de vivienda las ofertas falsas de pisos por internet

Publicado: 06/07/2024
Se fundamenta en la idea de dar una mayor protección de bienes de primera necesidad como las viviendas
La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, mediante la sentencia de fecha 19 de junio de los corrientes, número 624/2024, ha confirmado la condena impuesta por el TSJ de Madrid a la pena de18 meses de prisión con inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y nueve meses multa con una cuota diaria de diez euros, y una indemnización de setecientos cincuenta euros a una persona que realizó una oferta falsa por internet de una vivienda que no era suya aparentando que lo era para conseguir que ante el aceptable precio una persona le hiciera la transferencia creyendo que era real.

Los hechos probados destacan que el perjudicado vio el piso en una página de anuncios y atraído por el mismo y su precio barato le hizo la transferencia de 750 euros. Pero “más tarde se dio cuenta de que todo era un engaño, la vivienda no se alquilaba y las fotografías del DNI que se le había enviado correspondían a la víctima de otra estafa. Ante la imposibilidad de conseguir un alquiler inmediato, el denunciante y sus padres se vieron obligados a alquilar unas habitaciones, ante la necesidad que tenían de recogerse en algún lugar”. La condenada no ha devuelto el dinero ilícitamente obtenido.

La sentencia del TS dictaminó que “en relación con la estafa agravada del n. 1º del artículo 250, del repetido Código, se fundamenta en la idea de dar una mayor protección de bienes de primera necesidad como las viviendas, y solo es procedente cuando la defraudación recaiga sobre viviendas que se destinen a su uso propio, como lugar de residencia, donde puede establecer su domicilio, pues estas son la únicas que pueden ser consideradas de primera necesidad”.

Así, es rechazable que se utilicen estas fórmulas de engaño para conseguir un beneficio económico de quien puede que esté necesitado también de dinero y que carece de inmueble en el que residir, y que por esa necesidad se vea más expuesto a caer en la trampa de personas que ofrecen inmuebles en alquiler.

Hay que tener en cuenta la especial gravedad del hecho de utilizar un medio que permite una amplia difusión, como es internet, para realizar la estafa del falso alquiler con falsas identificaciones y con el aprovechamiento del ámbito de necesidad que provoca hoy en día la búsqueda de vivienda, dados los precios que existen y se manejan, tanto en la compra de vivienda como la de alquiler. 

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