Los juzgados impusieron al autor del crimen de Marchena hasta tres órdenes de alejamiento de su ex

Publicado: 08/01/2012
Entre los años 2009 y 2011
Dos juzgados de la localidad sevillana de Marchena impusieron a Fernando F.G., el hombre de 35 años que ingresó en prisión en diciembre como presunto autor del crimen de su expareja sentimental en una vivienda de la calle Maestro Moreno Torroba del municipio, hasta tres órdenes de alejamiento respecto a la víctima entre los años 2009 y 2011, han informado a Europa Press fuentes del caso.

De este modo, y según las mismas fuentes, el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Marchena dictó el 4 de marzo de 2009 una orden de protección respecto a la víctima, en virtud de la cual se prohibía al imputado aproximarse a la misma y a su domicilio a una distancia inferior a 150 metros, todo ello a consecuencia de un delito de violencia de género.

Las fuentes consultadas por Europa Press han detallado que, a los cuatro años de convivencia, víctima y agresor --que eran sobrina y tío carnal-- pusieron fin a su convivencia por "desavenencias" en la pareja, reanudando ambos "de común acuerdo" la convivencia tres meses después de la ruptura. En 2010, ambos se trasladaron a vivir al piso donde tuvieron lugar los hechos.

Posteriormente, y mediante un auto dictado el 13 de junio de 2011 por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Marchena, se prohibió al presunto autor del crimen aproximarse a su excompañera sentimental, I.D.R., de 28 años de edad, a una distancia inferior a 300 metros "cuadrados" ni comunicarse con ella por cualquier medio.

DELITO DE AMENAZAS

Asimismo, y mediante una sentencia emitida el 15 de junio de 2011, este mismo Juzgado condenó al imputado como autor de un delito de amenazas a 40 días de trabajo en beneficio de la comunidad, privación del derecho a la tenencia y porte de armas por tiempo de 18 meses, y prohibición de aproximarse a la víctima a una distancia inferior a 200 metros durante un año y de comunicarse con ella por cualquier medio.

Tras ello, el Juzgado de lo Penal número 6 procedió a efectuar la liquidación de la condena, empezando a cumplirse la prohibición de aproximación el 23 de noviembre de 2011 y venciendo el 16 de noviembre de 2012. Con posterioridad, ambos mantuvieron una relación de convivencia "intermitente", con sucesivas interrupciones hasta el 23 de diciembre de 2011.

En un auto, al que ha tenido acceso Europa Press, el juez Manuel Ruiz de Lara relata que los hechos sucedieron en la tarde del día 27 de diciembre de 2011, cuando el detenido se dirigió a la vivienda de su expareja y "buscó un lugar donde esconderse, permaneciendo en el piso durante 45 minutos", en los que "cogió un cuchillo de la cocina" y se metió en el cuarto de juguetes para esperar a que llegara su exnovia.

AGRESIÓN AL NOVIO DE LA VÍCTIMA
Al llegar la víctima en compañía de su actual pareja, J.L.O., y de la hija de tres años que había concebido junto al imputado, éste continuó escondido detrás de la puerta del cuarto de juguetes. Así, cuando J.L.O. entró en estas dependencias, el presunto agresor salió de detrás de la puerta y, "sin mediar palabra", le dio un puñetazo y le cortó en el cuello con el cuchillo que llevaba en la mano.

Tras ello, el agredido huyó del piso, saliendo detrás de él el detenido "con la intención de seguir agrediéndole y apuñalarle", momento en el cual la víctima se interpuso entre ambos, "impidiendo" al imputado que continuase persiguiendo a su novio, que salió de la vivienda. Seguidamente, el detenido asestó dos puñaladas en el pecho y el cuello a su exnovia, "dejándola malherida y tirada en el suelo".

En ese instante, el imputado vio a la hija menor de ambos, por lo que la cogió y la llevó a casa de unos vecinos, a los que dijo que se quedasen con la niña "porque había matado" a la víctima; posteriormente, el detenido fue a un bar y manifestó a dos amigos que avisasen a la Guardia Civil "porque había matado" a I.D.R., según apunta el auto consultado por Europa Press.

Acto seguido, el imputado, que ha reconocido los hechos, regresó al lugar de los hechos y encontró a su expareja "aún viva tirada en el suelo, en un charco de sangre", tras lo que cogió a la víctima, "le dio un beso y le dijo que la quería, y seguidamente cogió varios cuchillos de la cocina dándole en torno a diez o 15 puñaladas, causándole la muerte".

"PLENO CONOCIMIENTO DE LO QUE HACÍA"

Según el juez, "resulta evidente que el imputado tenía pleno conocimiento de lo que hacía, pese al alcohol ingerido", una circunstancia que "no le impidió en modo alguno planificar sus acciones, organizando el modo de atacar a sus víctimas". "Ciertamente significativo resulta la afirmación del imputado, quien manifestó sin ningún género de dudas que no había consumido" drogas y que el alcohol "no le impedía ser consciente de lo que estaba haciendo".

"El detenido actuó con una frialdad extrema; su actitud y acciones evidencian un comportamiento netamente inhumano, destinado a causar el mayor sufrimiento posible a su expareja", añade, aseverando que "sorprenden las manifestaciones del detenido, quien preguntado sobre el motivo por el que no avisó a una ambulancia o no trató de taponar las heridas que tenía" su exnovia, "lo único que acierta a manifestar es que no se le ocurrió solución mejor que rematarla asestándole más puñaladas".

"Su comportamiento, razonamiento y afirmaciones evidencian un desprecio absoluto e integral por la vida humana, deduciéndose indicios claros de una personalidad violenta, agresiva y constituyendo un claro y evidente peligro social", asevera el juez, quien ordenó el ingreso en prisión del detenido por un delito de asesinato, otro de tentativa de homicidio --ya que también hirió a la pareja de la víctima-- y un delito de quebrantamiento de condena.

En el auto de prisión, el juez también acordó la suspensión del régimen de visitas y del ejercicio de la patria potestad de la hija menor de edad que tenían en común agresor y víctima.

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