El PP aprovecha el proyecto de Ley de sefardíes para fijar que el Cervantes evalúe a quienes pidan la nacionalidad

Publicado: 14/02/2015
La tramitación, a cargo en exclusiva del Registro Civil, será completamente electrónica
El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso ha introducido una enmienda al proyecto de Ley sobre la nacionalidad de los sefardíes que cambiará el funcionamiento del acceso a la nacionalidad por residencia en España, atribuyendo al Instituto Cervantes la potestad de realizar las dos pruebas de evaluación que deberán superar los solicitantes para acreditar que están integrados en el país.

   Se materializa así una iniciativa del Ministerio de Justicia, que en abril de 2014 y con Alberto Ruíz Gallardón todavía al frente, anunció que derivaría al Cervantes la realización de estas pruebas para terminar con la discrecionalidad. En la actualidad, cada juez del cada registro civil decide qué pregunta al extranjero para probar su integración, y se han dado casos de denegaciones por motivos como no conocer a un famoso de televisión o un estadio de fútbol.

   La enmienda, a la que ha tenido acceso Europa Press, dice que "la acreditación del suficiente grado de integración en la sociedad española" que impone el Código Civil a quienes piden la nacionalidad, "requerirá la superación de dos pruebas de evaluación", la primera de las cuales "valorará el conocimiento de la lengua". Los nacionales de países donde el español sea idioma oficial estarán exentos de este examen.   

   En la segunda prueba, la que hoy día genera más polémica, "se valorará el conocimiento básico y el compromiso del solicitante con los valores constitucionales derivados de la configuración de España como un Estado social y democrático de derecho que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político, y el conocimiento y respeto de los principios que conforman la convivencia en la sociedad española".

   Cuando anunció esta medida, Gallardón comprometió la creación de un manual de contenidos único para todos los solicitantes a nivel nacional en el que pudieran estudiar las materias de las que serían evaluados para probar su integración. Sobre este asunto nada dice la enmienda del Grupo Popular, aunque establece que "estas pruebas serán efectuadas por el Instituto Cervantes en las condiciones que se establezcan reglamentariamente".

NACIONALIDAD ONLINE

   No es la única novedad. De aprobarse la enmienda en su redactado actual, todo el proceso de tramitación de la nacionalidad "tendrá carácter electrónico" y "todas las comunicaciones entre las Oficinas del Registro Civil, la Dirección General de los Registros y Notariado y demás organismos públicos se efectuarán telemáticamente" a través de una plataforma electrónica del Registro Civil que la misma ley prevé consolidar.

   También los solicitantes cursarán la petición en esta plataforma electrónica, aunque seguirán pudiendo presentar una instancia "en cualquiera de los registros" y, "en todo caso, se pondrá a disposición de quien lo requiera en las Oficinas Generales y colaboradoras del Registro Civil los medios electrónicos necesarios". Además, "se atribuirá en el acto al solicitante un número identificador de su solicitud".

   El PP argumenta que el plan intensivo de nacionalidad que impulsó el Ministerio de Justicia en 2012 encomendando la gestión a los registradores de la propiedad tuvo una "tramitación íntegramente electrónica" y consiguió así resolver más de 520.000 solicitudes en dos años y medio. "Por eso es necesario recoger esta previsión a nivel legal, sin perjuicio del desarrollo reglamentario posterior", explica.

   Estos registradores, que recibieron en abril de 2013 una prórroga de la encomienda de gestión y siguen en la actualidad tramitando solicitudes de nacionalidad, no figuran en la enmienda. Se establece que "la instrucción (del procedimiento) corresponderá a los Encargados del Registro Civil" y "la concesión de la nacionalidad española por residencia se efectuará por el Ministro de Justicia".

UN MES PARA INFORMAR, 180 DÍAS PARA JURAR

   En cuanto al procedimiento, establece que el Encargado del Registro Civil actuará de oficio para completar la instrucción "solicitando preceptivamente informes de los órganos correspondientes del Ministerio del Interior y del Ministerio de la Presidencia", cuyo carácter negativo será "vinculante" y producirá "la denegación de la solicitud por razones de orden público o interés nacional".

   Una vez completado el expediente, el Encargado del Registro Civil "emitirá en el plazo máximo de un mes, informe motivado proponiendo la concesión o denegación de la nacionalidad española por residencia" que se elevará a la Dirección General de los Registros y del Notariado. Esta institución, a su vez, elaborará una propuesta de concesión o denegación y será el ministro de Justicia quien tenga la última palabra.

   Cuando resuelva, el registro notificará en cinco días al solicitante. A partir de este punto, la concesión de la nacionalidad queda condicionada a dos requisitos: Que en el plazo de 180 días el beneficiario realice la preceptiva promesa o juramento de fidelidad al Rey y obediencia a la Constitución y las leyes, y que en ese tiempo no haya cometido actos "incompatibles con el requisito de a buena conducta cívica" y siga siendo residente legal en España.

   La enmienda tiene forma de Disposición Adicional Cuarta a la modificación del Código Civil que ha emprendido el Gobierno con el "proyecto de Ley en materia de concesión de la nacionalidad española a los sefardíes originarios de España que justifiquen tal condición y su especial vinculación con España", iniciativa que introducía además una nueva tasa de 75 euros para determinados procedimientos de este tipo y que ahora el PP ha propuesto eliminar.

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