Jerez

El SAS publica la lista provisional de profesionales interinos

Las listas, con 2.453 trabajadores en toda la provincia de Cádiz, se encuentran expuestas en los tablones de distritos y hospitales y en sus intranets

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  • Centro de Salud zona sur -

Los centros sanitarios del Servicio Andaluz de Salud (SAS), dis-tritos de Atención Primaria, hospitales y áreas de gestión sanitaria, en la provincia de Cádiz han publicado ya los primeros listados provi-sionales de profesionales incluidos en el proceso de interinización de personal eventual estructural pactado en Mesa Sectorial de Sanidad el pasado mes de diciembre. Estas listas se encuentran expuestas en los tablones de las unidades de atención al profesional de cada uno de los centros y en las intranets. El plazo de alegaciones continúa abierto. En total, y hasta el momento, suman 2.453 profesionales incluidos en estos primeros listados en la provincia, del total de 14.319 en An-dalucía.

Los listados han sido propuestos por las mesas de seguimiento constituidas en cada centro, que están compuestas por representantes de la gerencia y de los sindicatos firmantes del acuerdo (UGT, CCOO y Sindicato Médico).  

Estos profesionales incluidos en las listas cumplen los criterios para obtener un nombramiento interino a partir del 1 de febrero: ser eventuales que presten servicios de atención de necesidades estructu-rales, tener acumulados en un periodo de 24 meses 12 meses como es-tructural en un mismo centro desempeñando las mismas funciones, en la misma categoría/especialidad.

El proceso de interinización se realiza siguiendo el dictado de la sentencia prejudicial redactada por la Sala décima del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en el asunto C-16/15 y las Sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), Sala de lo Contencioso-Administrativo con sede en Sevilla, en diversos Recursos de Apelación que hacen suyas las conclusiones de la Sentencia del TJUE antes citada.

En este sentido, la sentencia del TSJA pone de manifiesto que la renovación de los nombramientos se halla determinada con el fin de atender necesidades que no son provisionales, y que por tanto que son permanentes, y ello legitima reconocer el derecho de quien está en esa situación a ser mantenida en su puesto de trabajo de manera interina hasta en tanto no se provea de manera legal y reglamentaria mediante una oferta de empleo público.

Además, se verá beneficiado el personal que, demandante de empleo e inscrito en Bolsa, sea contratado para cubrir las necesidades de personal tras una jubilación u otras necesidades estructurales. Los nombramientos para cubrir necesidades permanentes o estructurales de forma temporal hasta su cobertura definitiva por oferta pública de empleo, a partir de la firma del acuerdo se realizarán como interini-dades, de acuerdo con lo establecido en el Estatuto Marco del Personal Sanitario y en el Pacto de Bolsa Única.

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