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Archivada la investigación policial sobre una trama de falsificación de certificados Covid

La jueza de Marbella sostiene la dificultad para acreditar que los documentos entregados a ciudadanos nacionales y extranjeros fueron falsificados

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  • La Policía no ha podido hallar listados de pruebas PCR negativas, ya que el secreto profesional médico ampara a una clínica investigada
La magistrada de Instrucción número 2 de Marbella ha dictado un auto por el que acuerda el sobreseimiento provisional de las diligencias abiertas en 2021 contra cuatro personas, tres de ellas extranjeras y uno español, en relación con la confección de decenas de certificados del test de Covid 19, que habrían permitido la movilidad geográfica durante las limitaciones fijadas en las diferentes fases del estado de alarma sanitario de 2020.
 
El procedimiento estaba relacionado con un hospital de Marbella, Boris Internacional, al que la Policía vinculó con la emisión de documentos sanitarios falsos, a cambio de recibir determinadas cantidades de dinero por la entrega de los certificados positivos.
 
La investigación fue llevada a cabo por el Grupo 1 de la Unidad de Droga y Crimen Organizado (Udyco) de la Costa del Sol, y en la misma han estado investigados ciudadanos con nacionalidad de Estonia y Serbia. Entre ellos el kosovar H. S. que figura en otras diligencias de la Audiencia Nacional. 
 
El modo de operar de la presunta trama se apoyaría en que los clientes demandantes de PCR contactarían de modo directo con la clínica malagueña, aportando datos personales o de terceras personas, con el objetivo de que el centro médico confeccionara los documentos requeridos para poder volar durante el estado de pandemia.
 
Estos documentos se confeccionarían sin siquiera haber procedido a tomar muestras al interesado, obteniéndose así el documento sanitario en escasos minutos. También, según la investigación policial llevada a cabo, en otras ocasiones se remitirían las mismas al laboratorio correspondiente, que elaboraría un certificado de 'motu proprio' antes de que el resultado regresara al centro sanitario. 
 
La dirección de la clínica rechazó durante la instrucción tener nada que ver con esta supuesta trama, negando cualquier falsificación documental de los resultados, que eran aportados por los laboratorios con los que trabajaban.
 
INVESTIGACIÓN SOBRE DATOS DE PACIENTES
 
La magistrada instructora de Marbella, Dolores Millán, justifica el archivo tras el informe policial aportado en septiembre pasado, en el que se alude a las gestiones infructuosas realizadas después de las intervenciones telefónicas practicadas, así como a las indagaciones del Cuerpo Nacional de Policía que condujeron a investigar un número telefónico que no estaba asociado al nombre de una persona, y que habría podido ser el enlace para facilitar a los pacientes los falsos test de Covid. 
 
En el caso de que los test fueran negativos, los investigadores tendrían que encontrar en los distintos países a las personas que se sometieron a los mismos, y que éstas declarasen que dichos documentos sanitarios eran falsos y el dinero que habrían abonado por ellos. 
 
Por último, la jueza justifica el archivo de la causa por la ausencia de listados de pacientes en los que se recogieran los casos de positivos por el Covid, circunstancia ésta que estaría amparada por el secreto profesional médico.
 
La Fiscalía de Área de Marbella no se opuso, a finales del pasado mes de septiembre, a este sobreseimiento provisional por un delito de falsedad documental en las pruebas de PCR. Las diligencias se seguían también por presuntos delitos contra la salud pública y de organización criminal. 
 
La falsificación de certificados de PCR está considerada como un delito de falsedad documental tipificada en el artículo 390 y siguientes del Código Penal, ya que no se castiga con una mera sanción administrativa, con multa económica, sino que adquiere la tipificación de un delito. Dependiendo de la gravedad del documento público, oficial o mercantil, se castiga con penas de prisión de 6 meses a 3 años y multa de 6 a 12 meses.

Si el delito de falsedad fuera en un documento privado, las penas de prisión irían de 6 meses a 2 años, y si la falsedad fuera considerada como certificados, las penas inferiores serían de 3 a 6 meses.

Aunque las Fiscalías provinciales vienen calificando los hechos como falsedad de documento público, sin embargo, existe jurisprudencia favorable a la calificación de la falsedad de las pruebas PCR como falsedad de certificado.

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