Málaga

Condenado por estafar padres de alumnos con un concurso de escritores

Un ciudadano británico, de 66 años, cobraba a los progenitores por la publicación de obras

Publicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad Ai Publicidad Ai
  • Ciudad de la Justicia de Málaga -
  • Un ciudadano británico, de 66 años, cobraba a los progenitores por la publicación de obras

Un ciudadano británico de 66 años ha sido condenado por la Audiencia de Málaga a dieciséis meses de cárcel por haber estafado a cerca de doscientos padres de alumnos de centros docentes en España con un concurso para jóvenes escritores.

En la sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, se considera probado que I.R.W., organizó un concurso de relatos breves denominado "Jóvenes escritores" en el que se seleccionaban los mejores escritos para ser publicados en un libro a disposición de los padres, que debían abonar por transferencia 12,95 euros por ejemplar.

En marzo de 2010, el acusado dejó de suministrar los libros que los padres de los alumnos habían comprado, al encontrarse su empresa en situación de insolvencia, por haberse llevado el dinero a la matriz de Inglaterra.

A raíz de esta situación, se registraron hasta noviembre de 2010 denuncias en toda España de personas que manifestaban haber participado en el concurso, haber abonado la cantidad señalada y no haber recibido libro ni revista alguna.

La mayoría de los padres abonaron el dinero por medio de transferencia y suministraron a la empresa sus correos electrónicos, por lo que "hubiera bastado un mensaje de aviso a éstos para la devolución del dinero recibido, sin embargo el acusado no avisó a ninguno de sus clientes", señala la resolución.

El volumen de lo defraudado a padres españoles asciende a 195.734,84 euros, según recoge la sentencia, que también precisa que, una vez iniciada la investigación, se determinó que había 9.143 suscriptores-concursantes en toda España y que el importe de lo recaudado ascendía a 166.695,41 euros.

El tribunal condena a I.R.W. como responsable de un delito continuado de estafa, con la concurrencia de la atenuante muy calificada de dilación indebida del procedimiento, y la atenuante analógica de confesión tardía, a la pena de 16 meses de prisión.

Además, le impone una multa de 1.080 euros y que indemnice a los perjudicados que han reclamado en la cantidad que se determine en la ejecución de la sentencia con el límite máximo de 195.734,84 euros.

La Sala ha acordado suspender la ejecución de la pena de prisión que le ha sido impuesta al procesado por el plazo de cinco años, con la condición de que no vuelva a cometer nuevo delito en dicho periodo y a que abone el importe de la responsabilidad civil

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN