El edil de Urbanismo pide la anulación de los arrestos en Granada por no estar "amparados" en la Ley

Publicado: 18/04/2016
En el escrito presentado pide además al Juzgado, por ser el que ordena la diligencia de registro y el responsable de velar por el cumplimiento de la orden en sus justos términos, que adopte "las medidas oportunas ante las evidentes irregularidades producidas"
La concejal de Urbanismo en el Ayuntamiento de Granada, Isabel Nieto, una de las 17 personas arrestadas la pasada semana en la ciudad por su presunta implicación en una supuesta trama corrupta, ha presentado alegaciones ante la titular del Juzgado de Instrucción 2 de Granada, que coordinó la operación, y ha reclamado la anulación de las detenciones por "innecesarias, desproporcionadas, injustificadas" y no estar amparadas en la Ley ni en autorización judicial.

   En el escrito presentado, consultado por Europa Press, pide además al Juzgado, por ser el que ordena la diligencia de registro y el responsable de velar por el cumplimiento de la orden en sus justos términos, que adopte "las medidas oportunas ante las evidentes irregularidades producidas, que pueden invalidar toda la investigación".

   La concejal se queja asimismo de que haya "comprometido gravemente la reputación de todas las personas afectadas, infringiéndose la Constitución y la norma procesal penal" y lamenta la alarma social generada el pasado 13 de abril, "con un despliegue de vehículos policiales y cortes de calles, tanto en los edificios municipales como en los domicilios personales, que hizo pensar a los funcionarios que se trataba de un atentado".

   "El espectáculo a nivel nacional e internacional, con medios de prensa de todas las cadenas apostados en los sitios adecuados desde las 7,30 de la mañana, para retransmitir en directo los acontecimientos tuvo repercusión incluso en países de Sudamérica, desde donde llamaban por teléfono alarmados los granadinos que allí se encuentran", señala.

   En ese sentido, considera el abogado de la edil que se produjo una vulneración "del principio de proporcionalidad" en la entrada y registro de los domicilios y sedes municipales practicados, porque se deberían haber adoptado "todo tipo de precauciones para no comprometer la reputación del interesado", según recoge la propia Constitución, en lo que se refiere al derecho fundamental al honor y a la imagen.

   Asimismo, lamenta que las condiciones en la orden judicial fueron "incumplidas", puesto que "no se procedió a la apertura ni examen de ordenadores ni móviles personales ni profesionales, no se hizo distinción entre los unos y los otros", y se incautó "todo automáticamente sin conocer ni cerciorarse de los contenidos íntimos, personales y familiares, que en todo caso debieron ser respetados por no tener relación con los hechos investigados y nunca debieron salir del domicilio, porque no había autorización para ello".

CONTENIDOS PRIVADOS EN LOS ORDENADORES INCAUTADOS

   De hecho, como ya dijera la edil la pasada semana, había contenidos privados en los ordenadores y móviles que se llevaron los agentes, entre ellos antecedentes médicos familiares, reportajes fotográficos y demás contenidos personales, cuya privación "constituye una vulneración de los derechos fundamentales, puesto que se hurta a la persona parte de su vida y toda su intimidad".

   Así, recuerda que aunque la Ley contempla que "al practicar los registros deberán evitarse las inspecciones inútiles, procurando no importunar al interesado mas de lo necesario y respetando sus secretos si no interesan a la instrucción", como recogía también la resolución judicial, "la actuación policial no la respetó".

   Además, la edil reprocha a la operación policial que supusiera el "hurto" de contenido relacionado con su actividad profesional, que "aun no estando relacionada con los hechos investigados, solo ha conseguido paralizar la actividad municipal durante días, meses o lo que tarden en devolver la información".

   "Han privado a los trabajadores de todos los antecedentes necesarios para el trabajo diario, imposibilitando la actividad municipal ordinaria, por carencia de la información necesaria contenida en los discos duros. La trascendencia de la actuación policial supera el ámbito personal y paraliza la actividad municipal hasta que se consiga recuperar toda la información desaparecida, desde agendas, teléfonos o correspondencia, tablas de datos, memorias, informes, correspondencia telemática con otras administraciones, antecedentes necesarios e imprescindibles que han desaparecido al no haber dejado copia", señala en el escrito presentado ante la juez.

   Por otro lado, advierte la defensa de la concejal de que "la apertura y examen de los equipos informáticos y los teléfonos incautados deberá efectuarse en presencia del interesado y ante fedatario público, a efectos de asegurar la cadena de custodia". "Las personas que son capaces de violar tan gravemente los derechos fundamentales de las personas y de incumplir las normas y las ordenes judiciales, son también capaces de introducir archivos nuevos o pruebas dirigidas a culpabilizar a los denunciados o cualquier tercera persona, sin que exista posibilidad de comparar con ninguna copia original. En tal caso, las pruebas obtenidas serían nulas", incide.

   También sostiene la edil que el auto de entrada y registro en domicilios no autoriza a los agentes de Policía a llevarse el dinero corriente hallado en las viviendas, ni en los monederos, "como así se hizo". Tampoco autoriza a la detención de ninguna persona. Sin embargo , antes de entrar en el domicilio se llevó a cabo la detención injustificada de todos los denunciados, incumpliendo nuevamente la resolución judicial y la Ley de Enjuciamiento, cuyo artículo 553 solo permite a los agentes de Policía proceder a la inmediata detención de las personas cuando haya mandamiento de prisión contra ellas, cuando sean sorprendidas en flagrante delito o cuando un delincuente,  perseguido, se oculte o refugie en alguna casa", afirma.

   Por tanto, considera "imprescindible" que los agentes "se abstengan de levantar los precintos de los aparatos intervenidos sin la presencia de secretario judicial, se abstengan de examinar los contenidos personales de los aparatos intervenidos sin la presencia de los titulares de cada ordenador o movil y la presencia de secretario judicial a efecto de evitar manipulaciones externas y la ruptura de la cadena de custodia que invalidaría todo el registro". Además, cuando se proceda a la apertura de los ordenadores o móviles sólo podrán volcarse los ficheros que resulten de interés para la investigación, devolviéndose los efectos decomisados al Ayuntamiento o a sus propietarios, según mantiene el letrado de la edil.

   Finalmente, concluye que "deberán anularse las detenciones, por innecesarias, desproporcionadas, injustificadas y no estar amparadas en la Ley ni en autorización judicial" y pide al Juzgado, por ser el que ordena la diligencia de registro y el responsable de velar por el cumplimiento de la orden en sus justos términos, que adopte "las medidas oportunas ante las evidentes irregularidades producidas, que pueden invalidar toda la investigación".

© Copyright 2024 Andalucía Información