Valencia

La justicia europea valida las ayudas públicas del IVF al Valencia

El Valencia evita así el pago de la multa de 20,4 millones de euros

Publicidad Ai Publicidad Ai Publicidad Ai
Publicidad AiPublicidad Ai
Publicidad AiPublicidad Ai
  • Peter Lim. -

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea validó este jueves como legales las ayudas públicas que el Valencia CF recibió entre 2009 y 2010 del Instituto Valenciano de Finanzas (IVF) y que la Comisión Europea había considerado ilegales en 2016, por lo que exigía 20,4 millones de euros al club español en concepto de multa.

Con esta sentencia, el tribunal europeo con sede en Luxemburgo rechaza el recurso que la Comisión Europea planteó a la decisión judicial inicial de marzo de 2020, que anulaba las multas impuestas por las autoridades europeas al equipo valencianista al considerar que el razonamiento de Bruselas para imponer las sanciones adolecía de "varios errores manifiestos de apreciación".

Bruselas alegaba que los préstamos del Instituto Valenciano de Finanzas permitieron al Valencia y a otros clubes de la región obtener préstamos en condiciones más favorables cuando atravesaban dificultades económicas y valoraba -erróneamente, de acuerdo al TJUE- que ninguna entidad financiera concedería al Valencia un aval estando el club en crisis.

Para los tribunales europeos, la Comisión no valoró si "resultaba manifiesto que el Valencia no habría obtenido facilidades comparables de un operador privado" en lugar de del IVF ni "respaldó suficientemente su afirmación de que no existía un precio de mercado para un préstamo similar no avalado".

Además, los jueces consideran "inexacto" el cálculo de Bruselas de que las acciones del Valencia tenían un valor prácticamente nulo al hallarse el club en crisis, ya que el ejercicio anterior a esa fecha había arrojado beneficios y la Comisión tampoco tuvo en cuenta "la existencia de un patrimonio neto importante del club".

Ante el recurso de la Comisión a la anulación de las multas en marzo de 2020, el Tribunal de Justicia de la UE cree que no ha impuesto a Bruselas una diligencia o carga de prueba excesivas para probar la ilegalidad de las ayudas y aseguró que se limitó a exigirle los criterios que la propia Comisión se ha impuesto a sí misma.

Bruselas añade, no ha podido demostrar que dispusiera de "elementos de cierta fiabilidad y coherencia" para afirmar que no existían préstamos similares en el mercado privado o que ninguna entidad financiera habría ofrecido un aval a favor del Valencia por encontrarse en crisis.

"La Comisión no puede suponer que una empresa ha disfrutado de una ventaja que constituye una ayuda de Estado basándose en una mera presunción negativa, fundada en la inexistencia de información que permita llegar a la conclusión contraria, a falta de otros datos que puedan acreditar positivamente la existencia de una ventaja semejante", concluye Luxemburgo.

La sentencia de marzo de 2020 anulaba también una multa de 3,7 millones de euros al Elche CF a raíz de otros avales otorgados por el IFV y también considerados ilegales por Bruselas, pero el Ejecutivo comunitario no llegó a recurrir esta decisión y el caso se dio por cerrado al terminarse el plazo para presentar recurso. 

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN