Sevilla

Audiencia condena a 15 años al joven del atropello mortal de Marchena

La Audiencia Provincial ha condenado a A. L. G. a 15 años de prisión por un delito de asesinato con alevosía, no apreciando la existencia de ensañamiento

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La Audiencia Provincial de Sevilla ha condenado a 15 años de cárcel al joven de 19 años de edad acusado de acabar en el mes de febrero de 2015 con la vida de un vecino de Marchena tras atropellarle hasta en cinco ocasiones por las calles del municipio después de mantener una discusión por motivos económicos.

En este sentido, fuentes del caso han informado a Europa Press de que, tras el veredicto de culpabilidad emitido por un jurado popular el pasado día 28 de septiembre, la Audiencia Provincial de Sevilla ha condenado a A.L.G. a 15 años de prisión por un delito de asesinato con alevosía, no apreciando la existencia de ensañamiento.

Tras conocer el veredicto, la Fiscalía pidió para el acusado 17 años de prisión por un delito de asesinato, mientras que la acusación particular ejercida por el abogado Francisco Soriano rebajó de 20 a 19 años su solicitud inicial de condena y el letrado de la defensa anunció que recurrirá la sentencia al no estar de acuerdo con el veredicto del jurado.

Tanto el Ministerio Público como la acusación particular, que ahora estudiará recurrir la sentencia, retiraron su petición de responsabilidad civil para el imputado, ya que los familiares de la víctima, padre de dos hijos, fueron indemnizados en su día, han indicado las mismas fuentes consultadas por Europa Press.

En el veredicto, el jurado consideró culpable por unanimidad al imputado de un delito de asesinato con alevosía con la atenuante analógica de anomalía o alteración psíquica.

De este modo, el jurado vio probado que el acusado, identificado como A.L.G., mató "intencionadamente" a la víctima tras atropellarle sobre las 23,55 horas del 1 de febrero de 2015 con el coche de su madre, un Peugeot 307, todo ello después de haberle intentado atropellar también de forma "intencionada" en otras cuatro ocasiones.

Asimismo, los miembros del jurado, que se opusieron a que se pueda proponer el indulto para el imputado, consideraron probado que el acusado ejecutó el atropello de forma que impidió "cualquier tipo de defensa" al fallecido, ya que éste tenía mermada su capacidad defensiva tras haber estado ingiriendo bebidas alcohólicas.

DISCUSIÓN PREVIA

Además, el jurado vio probado que el imputado tenía mermadas sus facultades cognoscitivas y volitivas al sufrir un trastorno de la personalidad, aunque no consideraron probado que estuviera afectado en el momento de los hechos por el consumo previo de alcohol y drogas.

Durante su declaración en el juicio, el imputado alegó que en el momento de los hechos "iba ciego perdido" de alcohol y de drogas, aseguró que "no quería matar" a la víctima y pidió "perdón" por lo sucedido.

"Recuerdo discutir con él. Intenté esquivarlo (con el coche), sentí un golpe bastante fuerte y no sabía de qué era. Me asusté y me fui", narró, insistiendo que iba "drogado" y bajo los efectos del alcohol, extremo por el cual no recuerda "con claridad las cosas", según sus palabras.

A.L.G. explicó además que en el momento de los hechos estaba sujeto a un tratamiento psiquiátrico, pues sufriría brotes psicóticos desde aproximadamente los 11 o 12 años de edad. "Me ponía malamente con las drogas y las pastillas. No iba con intención de atropellar a nadie. Yo no quería matar a una persona en la vida", enfatizó, mostrando su "arrepentimiento" por los hechos y pidiendo "perdón".

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